Los planes de pensiones funcionan como un producto de inversión y nos brindan un ahorro provisional voluntario a largo plazo, cuya principal finalidad es producir un ahorro del cual se pueda disponer en el momento de la jubilación en forma de complemento a la pensión pública de jubilación que ofrece la Seguridad Social.
La liquidez de los planes de pensiones se limita a alguna contingencia como la jubilación, una incapacidad laboral, desempleo de larga duración, dependencia o fallecimiento (en este último caso en favor de beneficiarios asignados o herederos legales).
Los Planes de pensiones
Los planes de pensiones cuentan con destacadas ventajas fiscales que es importante conocer. Las aportaciones anuales están limitadas a un máximo de 8.000 euros. Esta cantidad no debe superar el 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo. También se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge con un límite de 2.500 euros al año, siempre y cuando no tenga ingresos anuales superiores a los 8.000 euros.
Cuando existan varios pagadores se deberá realizar la declaración de renta siempre que, la suma del segundo pagador y posteriores por orden de cuantía no superen nunca en su conjunto los 1.500 euros.
En general las pensiones de jubilación se deben tributar como rendimientos de trabajo, aunque existen supuestos en los que no se paga el IRPF que están relacionados directamente con los salarios y lo que se cobra como profesional autónomo, en donde existe el mínimo exento.
En la actualidad quienes ganan menos de 22.000 euros no están obligados a hacer la declaración, incluso si la cantidad proviene de una pensión de jubilación, considerando que la única condición es tener un solo pagador.
Por otro lado, existen excepciones del pago del irpf de las pensiones cuando éstas son derivadas de actos de terrorismo, cuando hay ayudas recibidas por los afectados del virus del VIH, cuando las pensiones son a favor de los que sufrieron lesiones o mutilaciones por la guerra civil.